Cambio de Destino Fondos del Bono
VISTO:
La ley provincial XVI Nº 46, el Convenio Marco para la Ejecución de la obra pública con fondos de la Ley VII Nº 72, la ordenanza municipal Nº 146/15 presupuesto ejercicio 2017 y la ordenanza municipal Nº 093/16 -
Y CONSIDERANDO:
Que la ordenanza municipal Nº 093/16 en su artículo Nº 1 ratifica en todos sus términos el Convenio marco para la ejecución de la obra pública con fondos de la ley VII Nº 72, firmado entre el Gobernador de la provincia de Chubut Mario Das Neves y el Intendente a cargo Daniel Cárdenas;
Que por no contar el municipio con un terreno acorde a las exigencias constructivas que garanticen la construcción de una futura Terminal de Ómnibus" aprobada por el Ministerio de Infraestructura Planeamiento y Servicios Públicos para ser ejecutado con los fondos de la Ley VII Nº 72;
Que es necesario modificar el destino de los fondos del proyecto "Terminal de Ómnibus" que se encuadra dentro del listado de obras aprobadas por el Ministerio de Infraestructura Planeamiento y Servicios Públicos por un monto de $ 4.500.000 (Pesos cuatro millones quinientos mil)
Que parte de ese monto será destinado a realizar la obra denominada "EXTENSION DE RED ELECTRICA DE BAJA TENSION Y REPOTENCIACION DE S.E.T.A" en Paraje El Pedregoso de nuestra localidad, la misma haciende a la suma de $ 516.421,60 (Pesos quinientos dieciséis mil cuatrocientos veintiuno con sesenta centavos)
Que este municipio apoya al sector productivo reconociéndolo como un pilar fundamental de nuestra economía, acerbo social y cultural
Que esta obra es fundamental para la provisión de este servicio a familias productoras de la zona, quienes podrán implementar nuevos sistemas de riego y conservación de la producción, brindando así la posibilidad de diversificar y expandir los horizontes económicos de estos establecimientos fruti-horticolas;
Que es facultad de este Cuerpo Deliberativo dictar la presente Ordenanza;
POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: APROBAR en forma parcial el cambio de destino de los fondos destinados a la obra "TERMINAL DE ÓMNIBUS" para la obra ""EXTENSION DE RED ELÉCTRICA DE BAJA TENSION Y REPOTENCIACION DE S.E.T.A" en Paraje El Pedregoso".
Articulo Nº 2 FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar los trabajos por si o por terceros, licitar, contratar, adjudicar, iniciar, certificar, dirigir, inspeccionar, y recibir el trabajo, pudiendo suscribir cuanta documentación sea necesaria a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza.-
Articulo Nº 3: MODIFICAR la partida presupuestaria "Ley VII Nº 72 – Terminal de Omnibus": de Egresos:
16.09.01.62 "Ley VII Nº 72 – Terminal de Omnibus____________(-) $ 516.421,60.-
Articulo Nº 4: CREAR la partida presupuestaria de EGRESOS: 16.09.01.75 Ley VII Nº 72 Extensión de Red Eléctrica de baja tensión y repotenciación de SETA"
…… obras publicas según marco Ley Nº VII 72(+) $ 516.421,60
Articulo Nº 5: La aprobación establecida en el Art. 1º deberá ser remitida ante el Ministerio de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Provincia del Chubut, a los fines de que la misma sea ratificada por dicho organismo en cumplimiento de la Ley VII Nº 72.
Artículo Nº 6: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 29 de noviembre del año 2017. -