HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Refuerzo Amparo comercios

VISTO:
La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº XVI Nº 46 y la decisión de la Corte Suprema de Justicia por la cual se declara la nulidad de los indiscriminados aumentos tarifarios dispuestos por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación, excluye a las Pequeñas y Medianas Empresas del fallo que eso mismo las ha puesto en una situación de supervivencia que pone en riesgo miles de fuentes genuinas de trabajo.

Y CONSIDERANDO:
Que si bien compartimos los criterios y fundamentos expuestos por la Corte Suprema de Justicia en cuanto a la nulidad de las resoluciones que aprobaron los aumentos en las tarifas de gas, sostenemos que deben ser también extensibles a las Pymes, ya que sin la posibilidad de una acción colectiva que alcance a este sector del empresariado se verá comprometida la garantía constitucional de acceso a la justicia, para aquellas pequeñas empresas que no disponen de los medios para una acción individual;

Que es fundamental que se promuevan las acciones de amparo, y solicitar las medidas cautelares necesarias en protección de las Pymes afectadas por las tarifas declaradas nulas por la Corte Suprema para los residenciales;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

COMUNICACION

Artículo Nº 1: Solicitamos al DEM (Departamento Ejecutivo Municipal) que promueva las acciones de amparo y solicite las medidas cautelares necesarias en protección de las pequeñas y medianas empresas de la localidad y que de esa manera se aplique y haga extensivo también la protección ante el aumento tarifario declarado nulo por la Corte Suprema para los usuarios domiciliarios. -

Artículo Nº 2: Regístrese, comuníquese, Publíquese y cumplido archívese.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 01 de septiembre del año 2016.