Cooperativa de trabajo
VISTO:
Y La ley XVI nº 46, nota recibida Nº 282 /2016;
Y CONSIDERANDO:
Que se ha conformado la Cooperativa de trabajo Puerto Patriada Ltda. Integrada Néstor Millaldeo (Presidente) Martín Rogel (Secretario) Alfredo Lobo (Tesorero) Ernesto MIllaldeo, Rafael Cárdenas, Erika Benavente, Celeste Riquelme, Jorge Rogel y Paulo Cárdenas (Socios);
Que dicha propuesta de la Cooperativa es brindar un servicio de trabajo como: Reparación, mantenimiento, mejoras y construcción de obras públicas y privadas- Albañilería- Pintura- Carpintería- Electricidad- Herrería- Plomería- Instalación de servicios- Fabricación de ladrillos, bloques, elementos de construcción- Señalización, bacheos y otras actividades de mantenimiento vial- Mantenimiento y creación de espacios verdes- Zanjeos- Desmalezamiento y parquizacion de espacios públicos y/o privados.
Que es voluntad de éste cuerpo deliberativo Declarar de Interés esta iniciativa de trabajadores independientes conformados en una Cooperativa de trabajo;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la "Cooperativa de trabajo Puerto Patriada Ltda." Aprobada por el INAES mediante Resolución Nº 2203/15 de fecha 31/08/2015.
Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 1 de septiembre del año 2016.