Registro de Oposiciòn Call. Arrayanes
VISTO:
La Ley XVI Nº 46, Nota recibida Nº 434/15, 040/16.-
Y CONSIDERANDO:
Que la Junta Vecinal del Barrio Arrayanes presenta una propuesta para la designación de los nombres para las calles de dicho Barrio;
Que el Honorable Concejo Deliberante a modo de dar una instancia más de participación resuelve implementar el sistema de Registro de Oposición;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Habilitar un registro de Oposición, con el fin de establecer la designación de los nombres de las calles del Barrio Arrayanes de ésta Localidad, propuesto por la Junta Vecinal de dicho Barrio
Artículo Nº 2: A los fines de su correcta implementación de lo expresado en el artículo Nº 1, se habilitará un libro de actas debidamente foliado y rubricado, el cual estará disponible en el Honorable Concejo Deliberante, por el término de 30 días a partir de promulgada la presente, donde cada persona que se oponga al proyecto propuesto deberá registrar:
a) Apellido, Nombre, DNI, Domicilio y firma.-
b) Expresar su oposición al proyecto.-
Artículo Nº 3: Si la oposición fuera superior al 50% de los residentes de dicho Barrio, quedará sin efecto la propuesta presentada. -
Artículo Nº 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 23 de marzo del 2016. -