HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Municipios Saludables

VISTO:
La Ley XVI Nº 46,

Y CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Salud de la Nación viene promoviendo acciones en el nivel local desde una perspectiva comprensiva e integral a partir del enfoque de los determinantes de la salud.

Que resulta necesario modificar los factores que determinan y condicionan negativamente la situación de salud de la población y desarrollar aquellos que inciden en ella positivamente, para reducir las brechas de inequidad existentes.

Que resulta relevante aunar esfuerzos de los actores gubernamentales (nacional, provincial y municipal) y de otros actores sociales para promover y fortalecer el desarrollo de políticas públicas locales que aborden de manera integral los determinantes y condicionantes de la salud.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Declarar de interés municipal el Programa Nacional de Municipios y Comunidades Saludables en el municipio de la Localidad de El Hoyo.

Artículo Nº 2: Iniciar el proceso de trabajo para constituirse en Municipio y Comunidad Saludable.

Artículo Nº 3: Trabajar de manera activa para modificar los factores que determinan y condicionan negativamente la situación de salud de la población y desarrollar aquellos que inciden en ella positivamente, para reducir las brechas de inequidad existentes.

Artículo Nº 4: Convocar, apoyar y fortalecer todos aquellos espacios de trabajo conjunto (de actores gubernamentales y de la sociedad) en políticas públicas locales que aborden de manera integral los determinantes y condicionantes de la salud. -

Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 20 de Abril del 2016. -