HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Prorroga Adjudicacion en venta Daniel Olmo

VISTO:
Nota recibida nº 110/16, Expediente Nº 117/2010, Ordenanza Municipal Nº 109/11.-

Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 277/11 se reconoce al Sr. Daniel Lo Bartolo como ocupante de la fracción de tierra fiscal identificada como chacra 1, parcela 21, circunscripción 1, sector 1, de la planta urbana de una superficie de 466,54 metros cuadrados;

Que mediante Ordenanza Municipal Nº 072/11 se ratifica la antes citada Resolución;

Que el adjudicatario en venta informa que se han vencido los plazos establecidos por la normativa vigente sobre la adjudicación en venta realizada mediante Ordenanza Municipal Nº 109/2011, decidiéndose mediante dictamen de la comisión de tierras y la asesoría legal del HCD y del área de Catastro Municipal renovar la adjudicación en venta;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Derogar en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 109/2011.-

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta al Sr. Lo Bartolo Daniel DNI nº 25.370.647 como la fracción de tierra fiscal identificada como chacra 1, parcela 21, circunscripción 1, sector 1, de la planta urbana de una superficie de 466,54 metros cuadrados.

Artículo Nº 3: Si el adjudicatario en venta y/o titular dominial vendiere y/o cediere total o parcialmente, en forma onerosa o gratuita, la tierra fiscal regularizada dentro del plazo de diez años a contar de la adjudicación en venta, perderá los beneficios, que otorga la presente en cuanto a los descuentos que establece el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH, debiendo reintegrar dicho monto al municipio con mas el interés del banco del Chubut SA para descuento de documentos.-

En caso de transmisión mortis causa dentro del plazo de los 10 años no perderá el beneficio otorgado en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH.

Artículo Nº 4: Se hace saber al Adjudicatario en venta que ésta ordenanza caducará automáticamente si no diere cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Nº 5, de la Ordenanza Municipal Nº 066/2009. -

Artículo Nº 5: Déjese constancia en oportunidad de otorgarse el título de propiedad lo normado en el artículo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09, inciso c.

Artículo Nº 6: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 20 de abril del año 2016. -