HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Corrección Ordz. 13/ 2015

VISTO:
Ley XVI Nº46, Ordenanza Municipal 013/2015, Plano P-277-14, Expediente Nº63/10 y la nota recibida en el Honorable Concejo Deliberante Nº 033/2015;

Y CONSIDERANDO:
Que mediante nota Nº 033/2015, el Agrimensor Marcos Alberto Beliú, informa que se detectó una diferencia entre los títulos existentes y la realidad de la tenencia y explotación de estos bienes por parte de los propietarios, principalmente por la variación del Río Epuyén y la real afectación de la hoy Ruta Nacional Nº 40.

Que en las mediciones de ese momento se involucran tierras
Fiscales de dominio municipal, de esta manera la Dirección General de Catastro de la Provincia de Chubut, solicito la desafectación de las mismas, por las normas legales correspondientes;

Que en el plano de mensura P-103-99, una parte de superficie fue afectada por la hoy ex Ruta Nacional Nº 258.

Que mediante la Ordenanza Municipal Nº 013/2015, se facultó al titular dominial a anexar el remanente, con el espíritu de devolverle la porción de tierra que les había afectado.

Que en ese acto administrativo se facultó el anexo de una superficie aproximada de 2.000 m2, siendo que el plano definitivo arrojó una superficie total de 3.031 m2.

Que se consignó en forma errónea la siguiente nomenclatura chacra 1, sector 2, circunscripción 3, debiendo consignarse chacra 27, circunscripción 3, sector 2.

Que es voluntad de este cuerpo realizar dicha corrección, para que los datos de la superficie coincidan con el plano debidamente registrado en Catastro Provincial, a los fines de evitar futuros inconvenientes.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: ENTIENDASE que el art. 1 de la Ordenanza Municipal Nº 013/2015, debió quedar redactado de la siguiente manera "Facultar al Sr. Artero Luis Horacio con DNI 17.601.163, a que anexe remanente de aproximadamente 2.000 m2, de la Circunscripción 3, sector 2, Chacra 27, del Ejido de El Hoyo, debido a que las mensuras dictaminarían que son de dominio municipal".

Artículo Nº 2: De forma.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Él Hoyo, en sesión especial del día 28 de abril de 2016. -