HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Ordz. Nelida Azocar

VISTO:
La Ley XVI Nº 46, nota recibida en HCD Nº 135/2016,

Y CONSIDERANDO
Que la Sra. Nelida Pabla Azocar solicita se autorice el fraccionamiento de la chacra 2, Circunscripción 2, sector 2, ejido 12, que tiene como destino la donación de cada parcela a sus hijos;

Que es voluntad de este Honorable cuerpo acceder al pedido realizado mediante nota 135/2016,

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Se autoriza la subdivisión de la chacra 2, del ejido 12, circunscripción 2, sector 2, propiedad de la sra. Nélida Pabla Azocar LC nº 4.766.314, en tres parcelas una de 8 hectáreas, 11 áreas, 80 centiáreas; otra de 9 ha., 02 a, 52 ca.; y la otra de 8 ha., 00 a., 37ca.; conforme croquis de mensura adjunto a la presente. -

Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido Archívese. -.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 18 de mayo del 2016. -.-