HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Adelanto Coparticipación $600,00

VISTO:
El Decreto Provincial 944/16 de la Provincia de Chubut; y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales La Ley XVI -nº 46,

Y CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad ha recibido un adelanto de coparticipación otorgado mediante decreto del visto, el mismo tiene por finalidad lograr fortalecimiento institucional del Municipio de El Hoyo;

Que se requiere la autorización del Honorable Concejo Deliberante,

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº1: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a hacer uso del adelanto otorgado por la Provincia del Chubut por la suma de $600.000,00 (Pesos seiscientos mil).

Artículo N º2: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el acto administrativo correspondiente a imputar en el Presupuesto General de Erogaciones y Calculo de Recursos para el ejercicio 2016, por la suma mencionada en el Art. 1º de la presente Ordenanza.

Artículo N º3: AUTORIZASE al Ministerio de Economia y Credito Publico de la Provincia de Chubut a descontar el Anticipo indicado en el articulo precedente, de los Recursos Coparticipables que percibe la Municipalidad de El Hoyo, en seis (06) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Artículo N º4: INCREMENTAR las siguientes partidas presupuestarias:
- INGRESOS
01.02.02.03 Coparticipación Impuesto Federal, (+) $600.000
- EGRESOS
16.01.04.02 Amortización Adelanto Coparticipación. (+) $600.000.

Artículo N º5: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día de 28 de junio del año 2016. -