HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Promover mensuras Sociales

VISTO:
La Ley XVI Nº 46,

Y CONSIDERANDO:
Que los pobladores requieren regularizar su situación territorial;

Que debido a no contar con los recursos económicos para afrontar los gastos de mensuras no pueden concretar la regularización de sus ocupaciones;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Crear el rubro en el presupuesto municipal ejercicio 2017 "Mensuras Sociales". -

Artículo Nº 2: Los pobladores que requieran de esta normativa podrán ser todos aquellos que se encuentren en condiciones de poseer una única ocupación destinada a vivienda única.

Artículo Nº 3: Deberán presentar declaración jurada de ingresos familiar no superior a veinte mil pesos ($ 20.000). -

Artículo Nº 4: El Honorable Concejo Deliberante y la Dirección de Desarrollo Social evaluarán cada caso en particular, donde se dictaminará el porcentaje por el cual el municipio absorbería. En el caso de ser un poblador con estabilidad laboral se evaluara la posibilidad de un plan de pago.

Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido Archívese. .-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 12 de octubre del 2016. -