Licencia por diez Meses intendente Szuduk
VISTO:
Los artículos 74 inc. 11; 60 inc. 14; y el artículo 12 de la Ley XVI N° 46 (antes ley 3098 Orgánica de Corporaciones Municipales), y el pedido de licencia por razones de salud formulado por el Señor Intendente Municipal,
Y CONSIDERANDO:
Que el art. 60 inc. 4 de la misma ley dispone que es atribución y deber del Concejo Deliberante "Considerar las peticiones de licencia del Intendente";
Que el Señor Intendente Municipal ha solicitado una nueva licencia por razones de salud a los fines de seguir realizándose los estudios médicos necesarios para el tratamiento de su patología por el término de diez (10) meses, contados a partir del día 21 de Noviembre 2016 hasta el día 21 de Septiembre de 2017.
Que no existen razones para denegar al peticionante la licencia solicitada;
Que es facultad de este cuerpo Deliberativo hacer lugar a dicha petición del señor intendente municipal;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: CONCEDER al Sr. Intendente Municipal de El Hoyo Don Miguel Mirco Szudruk la licencia solicitada por razones de salud, con goce de sueldo, por el término de 10 meses a contar del día 21 de Noviembre 2016 hasta el día 21 de Septiembre del 2017 inclusive.
Artículo 2º: DISPONER el reemplazo transitorio a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal, mientras dure la ausencia de su titular, por el Sr. Daniel Antonio CARDENAS, DNI N° 26.441.808 en su carácter de primer Concejal Electo que corresponde por orden de prelación de la lista de su partido.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 11 de Noviembre del año 2016.