Modificar art. 9 uso Venta Activos Fijos
VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, la ordenanza Nº 066/2009;
Y CONSIDERANDO:
Que atento a la emergencia económica que sufre actualmente este municipio;
Que actualmente no hay disponibilidad económica para proceder al pago a contratados municipales;
Que según el área contable, este municipio dispone de fondos sin utilizar correspondientes a la "percepción de venta de activos fijos";
Que si bien el artículo 9 de la ordenanza municipal 066/2009 establece que el dinero recaudado es destinado exclusivamente a actividades y/o proyectos al ámbito agroturístico;
Que por las razones antes mencionadas es necesario afectar por vía de excepción y por única vez el saldo de venta de activos fijos ($300.000.-) al pago de contrataciones municipales;
Que es facultad de este cuerpo dictar la presente ordenanza.
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: AUTORIZAR por única vez y por vía de excepción al DEM a hacer uso de lo recaudado en concepto de "Venta de Activos Fijos" según lo establecido en la ordenanza municipal 066/2009 que asciende a la suma de pesos trescientos mil ($300.00.-) para proceder al pago a contratados municipales. -.
Artículo Nº 2: FACULTAR al DEM a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes para el cumplimiento de la presente ordenanza. -.
Artículo Nº 3: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese. -.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión especial del día 17 de Noviembre del año 2016. .