HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Cobro de dinero áreas por rentas

VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46;

Y CONSIDERANDO:
Que hay áreas en la corporación municipal que recaudan fondos por actividades específicas;

Que es obligación procurar mayor transparencia en el manejo de fondos públicos;

Que es necesario unificar el ingreso de dinero a la corporación municipal y así evitar cualquier tipo de cuestionamientos a las diferentes áreas municipales;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Todo dinero recaudado en las diferentes Áreas de este municipio será cobrado por el área de rentas dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal. .

Artículo Nº 2: El Departamento de Rentas Municipal determinará la forma en que se efectuarán los cobros que deban realizarse fuera de horario de atención al público.

Artículo Nº 3: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 24 de Noviembre del año 2016. -