HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Bondel

VISTO:
El inciso 5) del artículo 74 de la Ley XVI Nº 46; el artículo Nº 76 de la Resolución Nº 008/2000, el artículo Nº 6 de la ordenanza Nº 066/2009, la Comunicación del Honorable Concejo Deliberante (HCD) Nº 004/2014, las notas de entrada al HCD Nº 296/14 y 346/14 provenientes del Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), la nota remitida al DEM el 24/10/13, bajo el Nº 438/13;

Y CONSIDERANDO:
Que de las respuestas recibidas en las notas de entrada mencionadas en el Visto, surge que no queda claro si los contratos suscritos por aplicación del artículo Nº 6 de la ordenanza 066/2009 fueron solo nueve (9), o faltó remitir copia de los demás si los hubiera, ya que en el período 2012-2013 se realizaron cuarenta (40) adjudicaciones en venta.

Que tampoco queda claro si hubo adjudicatarios en venta de tierras fiscales que no hubieran sido citados dentro de los 60 días de la promulgación de la ordenanza respectiva.

Que tampoco queda claro si hubo adjudicatarios en venta de tierras fiscales que no hubieran concurrido dentro de los 90 días de citados a suscribir un contrato con el DEM por el que se establece la forma de pago por la que opte.

Que podría ocurrir que hayan caducado varias de las adjudicaciones en venta aprobadas, de acuerdo a lo establecido en el último párrafo del artículo Nº 6 de la ordenanza 066/2009;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

COMUNICACION

Artículo Nº 1: Solicítese al DEM a que dentro de los 10 días de recibida esta Comunicación de respuesta a este Cuerpo Legislativo sobre lo siguiente:
a) Si ha citado en su momento a cada uno de los 40 adjudicatarios en venta de tierras fiscales municipales concretadas en los años 2012 y 2013, dentro de los sesenta días corridos de promulgada la ordenanza respectiva, para suscribir un contrato con el DEM por el que se establece la forma de pago por la que opte.
b) Envíe a este Cuerpo un informe con el listado de personas citadas al efecto del inciso anterior y la fecha de la citación.
c) Si hubo adjudicatarios en venta de tierras fiscales que no hubieran concurrido dentro de los 90 días de citados a suscribir un contrato con el DEM por el que se establece la forma de pago por la que opte.
d) Envíe a este Cuerpo un informe con el listado de personas que concurrieron y de las que no lo hicieron dentro de los 90 días de citados en el inciso anterior.
e) Informe si ha utilizado algún otro procedimiento para el cobro de la tierra fiscal adjudicada en venta y fundamente los motivos si así fuera.

Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese. .

Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo, a los 25 días del mes de febrero del año 2015. -.