Remanente Artero
VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, la Ordenanza Municipal Nº 034/89 y nota Nº 033/2015 recibida en el HCD y dictamen legal del asesor del HCD;
Y CONSIDERANDO:
Que el remanente solicitado por el Sr. Artero Luis Horacio D.N.I: 17.601.163, correspondía a lo que era su propiedad antes del trazado de la actual ruta nacional Nº 40;
Que como lindero donante se encuentra facultado para exigir la restitución de dicho remanente;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Facultar al Sr. Artero Luis Horacio con D.N.I: 17.601.163, a que anexe el remanente de aproximadamente 2.000 mts2, de la chacra 1, sector 2, circunscripción 3 del ejido del Hoyo, debido a que las nuevas mensuras dictaminarían que son de dominio municipal. -.
Artículo Nº 2: Autorizar al Departamento Ejecutivo a dar cumplimiento lo normado en el artículo anterior en el marco de las ordenanzas vigentes. .
Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 11 de marzo del año 2015. .