Ordz. Cota de 400
VISTO:
La ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, la ordenanza Nº 154/2012
Y CONSIDERANDO:
Que en la ordenanza mencionada en el visto, en su artículo Nº 3 menciona que "…se define como zona rural a toda aquella tierra que se encuentre dentro del ejido de El Hoyo, por debajo de la cota de 400 m.s.n.m. (cuatrocientos metros sobre el nivel del mar)…"
Que no se establece la unidad mínima de fraccionamiento a partir de la cota que supere la altura expresada, así como tampoco los usos permitidos y los límites en las edificaciones.
Que las tierras involucradas por lo general contienen abundancia de bosque nativo, lagunas, nacientes de arroyos, en muchos sectores pendientes pronunciadas, constituyendo un ambiente natural que debe ser protegido.
Que es voluntad de este cuerpo deliberativo propiciar el cuidado de estos ambientes regulando la intervención antrópica de manera tal que su accionar lo afecte lo menos posible.
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Establecer que a partir de la cota de 400 m.s.n.m no se autorizarán fraccionamientos de tierras inferiores a 100 hectáreas. -.
Artículo Nº 2: Esta ordenanza no podrá significar el desconocimiento de derechos regularmente adquiridos por parte de pobladores con anterioridad a la promulgación de la presente. -.
Artículo Nº 3: En la zona delimitada por el artículo Nº 1 de esta ordenanza, se deben respetar los siguientes patrones en cuanto a fraccionamientos y edificaciones:
a) Superficie mínima: 100 (cien) hectáreas. Se aceptará hasta el 10% en menos de las medidas mínimas exigidas únicamente aplicables hasta para dos fracciones contiguas.
b) Lado mínimo: 15 (quince) metros lineales.
c) Lado máximo: 14.000 (catorce mil) metros lineales.
d) Retiro de frente: 10 (diez) metros lineales.
e) Retiro lateral mínimo: 10 (diez) metros lineales.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 11 de marzo de 2015. -.