Flia Dorama Monsalve
VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, la Ordenanza Municipal Nº 034/89, Ordenanza Nº 031/2015, Ordenanza Nº 066/2009 y Expte Nº 01/1990;
Y CONSIDERANDO:
Que es necesario aplicar la Ordenanza Municipal Nº 066/2009;
Que las familias adjudicatarias de la Ordenanza 031/2015 son antiguos pobladores e hijos de los mismos;
Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante reglamentar las adjudicaciones;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Modificar Articulo 6 de la Ordenanza Municipal Nº 031/2015, la cual quedará redactada de la siguiente manera: "Aplicar el siguiente descuento del Artículo 3 inciso 1 de la Ordenanza Municipal Nº 066/2009, a los adjudicatarios mencionados en los artículos 1, 3 y 4 de la Ordenanza Municipal Nº 031/2015". -.
Artículo Nº2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 20 de mayo del año 2015. .