HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Viviana Quilodran Servicios

VISTO:
La Ley XVI Nº 46, Expedientes Administrativos Nº 035/95, 032/95 y 038/95 y las facultades conferidas a este cuerpo;

Y CONSIDERANDO:
Que las constancias obrantes en dichas actuaciones, para los distintos acuerdos y posibilidades desarrolladas, y las entrevistas mantenidas con quienes resultarán parte en este trámite;

Que la necesidad de la familia Rossi de concluir con un antiguo conflictos con la familia Quilodrán;

Que la necesidad de la familia Quilodrán de contar con el acceso que permita la colocación de los servicios correspondientes al inmueble que ocupa;

Que la necesidad de preservar el inmueble destinado a "Puesto Sanitario";

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: RECONOCER a la Sra. Viviana Quilodrán el derecho a ocupar una superficie de 4mts de ancho a contar desde el mojòn de la propiedad de la Familia Rossi, hacia el Puesto Sanitario, por el largo que va desde el camino vecinal (ex Ruta 258) hasta la línea de ocupación de la familia Quilodrán. A los fines de la mejor interpretación de la presente, se adjunta croquis a mano alzada suscripto por los miembros de este cuerpo, como parte de esta norma legal. .

Artículo Nº 2: Dicho reconocimiento se encuentra supeditado a la realización por parte de la nombrada (Viviana Quilodrán), de realizar en un plazo máximo de TREINTA (30) DÍAS a partir de la promulgación de la presente ordenanza, el cerco de deslinde con la propiedad del Sr. Jorge Rossi. -.

Artículo Nº 3: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión especial del día 06 de julio del año 2015. -.