HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Rechazar Reso. N° 575/ 2015 Del DEM Ref. Caso Leiva

VISTO:
La Resolución N°. 757/15 MEH, las actuaciones caratuladas "QUILODRAN, Vda. De Leiva., Haydee Angélica c/Municipalidad de El Hoyo s/Contencioso Administrativo" (Expte. Nro. 150-2015), en trámite por ante la Excelentísima Cámara de Apelaciones de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut, la ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, art. 74 y 75, incisos 2do., y 4to;

Y CONSIDERANDO:
Que por la citada Resolución N°. 757/15 MEH, se pretende una delegación de la facultad de representación exclusiva, que detenta el "poder" Ejecutivo Municipal, conforme expresamente lo determina el Art. 75, inciso 4to, de la Ley de Corporaciones Municipales, a favor del Concejo Deliberante;

Que la representación del Intendente Municipal resulta indelegable, a lo que sumado el deber de cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas emanadas del Concejo Deliberante, conforme expresamente también determina el inciso 2do., del mismo artículo y ley, debe el departamento ejecutivo arbitrar los medios para que se de cumplimiento a las ordenanzas vigentes, debiendo ello realizarlo el Intendente Municipal, en la circunstancias de tiempo y modo que no impliquen un perjuicio, a los intereses de esta corporación;

Qué asimismo, en la intención de coadyuvar al ejercicio del derecho procesal de defensa de los intereses municipales, el Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo, asistiría al DEM, mediante precisas instrucciones al asesor legal del cuerpo, a los fines de que ejerzan la representación legal del Intendente Municipal, ante los estrados judiciales, bajo las condiciones del artículo 100 de la Ley de Corporaciones Municipales, y solo a los fines del citado proceso legal;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: RECHAZAR, la Resolución N°. 575/2015 DEM MEH, en cuanto implica una delegación de facultades que le son propias al Intendente Municipal, y por ello indelegables. -.

Artículo Nº 2: AUTORIZAR, al Intendente Municipal, a los fines de que otorgue mandato judicial, al asesor legal del Honorable Concejo Deliberante, con el objeto que bajo su representación, ejerza los derechos del Municipio de El Hoyo, ante los estrados judiciales, en lo atinente al proceso caratulado "QUILODRAN, Vda. De Leiva., Haydee Angélica c/Municipalidad de El Hoyo s/Contencioso Administrativo" (Expte. Nro. 150-2015), en trámite por ante la Excelentísima Cámara de Apelaciones de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut. -.

Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. .

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Especial del día 20 de octubre del año 2015. .