HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Aceptar Donación B Mosquetal - Gonzalez

VISTO:
La Ley XVI N° 46, Art. Nº 55 y el Expte. 039/1999;

Y CONSIDERANDO:
Que a fojas 35 de las actuaciones de referencia, se observa acta de donación suscripta por los Sres. Eduardo González y Marcelino González, en fecha 28 de septiembre de 2007, con fines de utilidad pública, de una superficie de un área, noventa y seis centiáreas (1 área, 96 centiáreas);

Que conforme la referida acta, dicha superficie donada, se deslinda del inmueble propiedad de los nombrados conforme fraccionamiento que efectuaran;

Que dicha donación coadyuva a resolver el conflicto de acceso de distintos vecinos que se asientan en el denominado "Barrio La Mosqueta".

Que resulta imprescindible el dictado de una norma como la presente que materialice la aceptación de la donación efectuada, a los fines de perfeccionar dicha disposición.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: ACEPTAR formalmente la Donación efectuada a fs. 35 del Expediente Administrativo 039/1999, mediante acta de donación, suscripta por los señores Eduardo y Marcelino González, de una superficie de 1 área, 96 centiáreas. .

Artículo Nº 2: Instruir al Departamento Ejecutivo Municipal, a los fines de que instrumente la protocolización y ejecución de la donación efectuada, impulsando los trámites a los fines de la materialización correspondiente. .

Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. .

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 4 de noviembre del año 2015. .