Adherir Ley Nacional 24.320 Terrenos Baldíos
VISTO:
La Ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, y la ley Nacional 24320, modificatoria de la Ley 21.447;
Y CONSIDERANDO:
Qué la ley Nacional 24320, modificatoria de la ley 21447, determina los requisitos para obtener la adquisición de dominio por parte de Provincias y Municipios por el modo establecido en el Código Civil y Comercial;
Qué dicha Ley Nacional es de suma importancia en localidades como la nuestra fundamentalmente por el abandono que efectúan muchos titulares dominiales de predios que se encuentran en "estado baldío" con las graves consecuencias que ello trae aparejado, debiendo, en la mayoría de los casos, ser limpiados y ordenados por el Estado Municipal;
Qué, con los mecanismos que aporta la Ley Nacional de adhesión se incorporarían al patrimonio municipal inmuebles por vía administrativa, luego del estudio y evaluación de los inmuebles con declaración de vacancia por abandono calificado;
Qué lo expuesto justifica adherirse a la Ley Nacional 24320, modificatoria de la Ley 21447;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: ADHERIR totalmente y en todos sus términos a la Ley Nacional 24320, modificatoria de la Ley 21447.
Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 16 de Diciembre del año 2015. -