HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Concurso recolección de residuos

VISTO:
La Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales (antes 3098);

Y CONSIDERANDO:
Qué el artículo 51 de la Ley XVI Nº 46 expone que es facultad del Concejo Deliberante disponer la prestación de servicio público tendiente a satisfacer necesidades colectivas de carácter local.;

Qué en la actualidad se efectúa la recolección de residuos domiciliarios mediante prestadores de dicho servicio;

Qué el mecanismos de concurso de precios que a esos fines ha llevado adelante, en los últimos cuatro (4) años, el DEM ha demostrado ser transparente, ordenado y ágil;

Qué es voluntad de este cuerpo legislativo mantener la continuidad del sistema empleado a los fines de brindar comodidad y respuesta rápida a todos los habitantes de nuestra localidad;

Qué a esos fines resulta necesario delegar la facultad de prestación del servicio de recolección de residuos en el DEM por medio de la presente;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo N°1: DELEGAR en el Departamento Ejecutivo la prestación del Servicio de recolección de residuos en nuestra localidad, de conformidad con los considerandos. -

Artículo N°2: AUTORIZAR al DEM, a los fines de dar cumplimiento a lo aquí dispuesto, e efectuar Concurso Público de Precios, suscribir convenios, acordar formas de pago, efectuar contrataciones directas y subcontrataciones, revisar y conformar modalidades del servicio y del pago del mismo y cuanto acto sea necesario a los fines de llevar adelante un buen servicio respecto a la facultad delegada. -

Artículo N°3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese, y Cumplido Archívese. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Extraordinaria del día 23 de Diciembre del año 2015.