Listado de personas necesidad habitacional
VISTO:
El inciso 5) del artículo 74 de la Ley XVI Nº 46; el artículo Nº 76 de la Resolución Nº 008/2000
Y CONSIDERANDO:
Qué resulta de interés de este Cuerpo Legislativo conocer la forma mediante la cual el área Social dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal organiza las solicitudes referidas a pedidos de tierra fiscal para construcción de viviendas para personas que no tienen recursos para poder acceder a ellas.
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
COMUNICACION
Artículo Nº 1: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal que dentro de los 10 días de recibida esta Comunicación, informe sobre lo siguiente:
A) Si existe un listado de personas que solicitan tierras para construir su vivienda y en caso afirmativo envíe una copia al HCD.
B) Si para figurar en dicho listado se requiere una Declaración Jurada donde conste que no son poseedores de ningún bien inmobiliario.
C) Si el área de Desarrollo Social está en condiciones de emitir dictamen para poder establecer un orden prioritario al momento de decidir a quién o quienes se les podrían adjudicar tierras fiscales para construcción de viviendas. En caso afirmativo envíe copia del protocolo que utilizan. En caso negativo solicitarles que elaboren un protocolo que les permita dictaminar prioridades.
Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese. .
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo, en sesión Ordinaria del día 08 de Octubre del año 2014. -.