Aumento Contratos Educación
VISTO:
La ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46.
Y CONSIDERANDO:
Qué según el CONVENIO DE ASISTENCIA RECIPROCA entre el Ministerio de Educación y la Municipalidad de El Hoyo, se contrata personal a fin de asignarlas con funciones de maestranza o auxiliares de sala en las Escuelas Provinciales y/o Jardines Maternales dentro del ejido Municipal de El Hoyo;
Qué para ello el Ministerio transfiere mensualmente la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000) por cada persona designada;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Autorizar al DEM a disponer que podrá documentarse el pago de contrataciones que efectúe la corporación municipal en el marco del convenio de asistencia reciproca con el misterio de educación por contrataciones de servicios cuando el monto de las mismas no supere la suma pesos tres mil ($ 3.000) por mes y el contratista no estuviera inscripto ante la AFIP exceptuando al mismo de la presentación de facturas y/o recibos, a partir del día 01 de enero del año 2014.
Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 23 de abril del año 2014. -