HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Convenio ampliatorio vivienda personal salud

VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 124/13, Ordenanza Nº 088/12 Y La ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46.

Y CONSIDERANDO:
Qué se ha suscripto un contrato entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, representado en este acto por su Presidente, Arq. Ricardo Alberto Trovant y El Municipio de El Hoyo, representada por su Intendente Don. Mirco Szudruk;

Qué el mismo se encuentra presupuestado en el ejercicio 2014 y tiene como objetivo proyectar la obra CONSTRUCCIÓN DE 1 VIVIENDA DE 3 DORMITORIOS PARA PERSONAL DE SALUD, VIVIENDA Nº 2;

Qué a modo de cumplimentar con los requerimientos legales y administrativo resulta necesario ratificar el acta compromiso;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: RATIFICAR en todos su términos el contrato entre la Provincia del Chubut, representada por el Presidente del Instituto Provincial de la Vivienda, Arq. Ricardo Alberto Trovant, y el Municipio de El Hoyo, representada por su Intendente Don. Mirco Szudruk, el que tiene como objetivo proyectar la Obra CONSTRUCCIÓN DE 1 VIVIENDA DE 3 DORMITORIOS PARA PERSONAL DE SALUD, VIVIENDA Nº 2 año 2014

Artículo Nº 2: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar los trabajos por si o por terceros, licitar, contratar, adjudicar, subcontratar, iniciar, certificar, dirigir, inspeccionar y recibir el trabajo mediante el procedimiento administrativo que esta determine según el convenio mencionado en el artículo 1.

Articulo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 04 de Junio del año 2014. -