HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Amplia plazos obra escuela nivel inicial

VISTO:
La Ley Provincial XVI Nº 46 (antes ley 3098) y la Ordenanza 138/2012 HCD MEH.

Y CONSIDERANDO:
Qué por medio de la Ordenanza 138/2012 HCD MEH se dispuso autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder inmueble denominado como Parcela 19, que nace de la Parcela 12, Chacra 3, Circunscripción 1, Sector 3, Ejido 12, superficie 3.864,26 m2, al Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut para construir una Escuela de de Nivel Inicial;

Qué la transferencia de dominio antes mencionada se encontraba condicionada al inicio de obra, por parte del Ministerio de Educación, dentro de los 180 días caso contrario el inmueble retornaba al dominio municipal;

Qué el plazo establecido por el HCD se encuentra en exceso vencido debiendo ser ampliado a los fines de llevar adelante, por parte del Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut, la construcción del tan ansiado establecimiento educativo;

Qué por el significado que tiene la obra para nuestra localidad es deber de este Cuerpo dictar la presente;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AMPLIAR el plazo para inicio de obra por parte del Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut en el inmueble denominado como Parcela 19, que nace de la Parcela 12, Chacra 3, Circunscripción 1, Sector 3, Ejido 12, superficie 3.864,26 m2. De no cumplir con el cargo establecido el dominio del inmueble descripto volverá al Estado Municipal.

Articulo Nº 2: FACULTAR al DEM a suscribir minutas, formularios y/o cuanta documentación sea necesaria a los fines del cumplimiento de la presente.

Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 10 de septiembre del año 2014.