Incorporar Art. 5 De la Ordz. 78/2014
VISTO:
La ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, Ordenanza Nº 087/2012, ordenanza 078/2014, y Resolución 649/2014 del DEM
Y CONSIDERANDO:
Qué al notarse una contradicción involuntaria entre el Art Nº1 y el Art Nº5 de la Ordenanza 078/2014 se decide incorporar el Art Nº5 a la ordenanza 078/2014;
Qué se acepta el veto de los Art Nº 5 Y 8 de la Ordenanza 078/2014 propuesto por el DEM, mediante resolución 649/2014:
Qué es de Interés del Honorable Consejo Deliberante participar en el acto de adjudicación de los lotes destinados al programa PROCREAR.
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº1: INCORPORESE COMO ART Nº5 de la Ordenanza Nº 078/2014, lo siguiente;
ART Nº5: Las ofertas serán evaluadas dentro de las 48hs de efectuada la apertura de sobres, por la comisión de adjudicación integrada por el Intendente Municipal, Secretario de Obras Públicas, Secretario de Área Legal y Técnico, y 3 concejales representando a cada uno de los bloques.
Artículo Nº 2: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese.
Dada en la sala del Honorable Consejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo, en sesión Ordinaria del día 22 de Octubre del año 2014. -