Creación sendero Público a Laguna del Espejo
VISTO:
La ley XVI Nº 46; Ordenanzas 024/88, 051/90, y 70/97, nota presentada por Ambrosio Merino, interés general de los habitantes de la Comarca y Turistas que nos visitan año tras año
Y CONSIDERANDO:
Qué existe un reservorio de agua sobre la ladera del cerro Piltriquitrón hacia el este del casco urbano, aproximadamente a 970 m de altura sobre el nivel del mar, denominado Laguna El Espejo.
Qué es un lugar netamente turístico por su gran belleza natural promocionado como atractivo turístico de nuestra localidad.
Qué para acceder a ella se hace necesario caminar o cabalgar por senderos agrestes, cubiertos de vegetación autóctona.
Qué es imperativo incluir a la Laguna como uno más de los atractivos turísticos de nuestro pueblo.
Qué según inspección realizada por Concejales el día 13/11/14 se constata el trazado de un sendero para uso público de aproximadamente 2m de ancho y de aproximadamente 3000m de largo que va desde el punto de referencia nombrado como "Cruce de la Laguna" hasta la laguna "El Espejo".
Qué dicho sendero tiene como finalidad el libre acceso a la Laguna como así también la circulación de socorristas y brigadistas en caso de incendio.
Qué a fin de preservar el entorno se considera que solo deberá ser transitado únicamente por caballos, bicicletas, cuadriciclos, motocicletas, peatones.
Qué la laguna ya está declarada reserva natural;
Qué el sendero no debe modificar su trazado ya que se observó en la inspección alto grado de seguridad a lo largo de su recorrido
.
Que hasta la fecha el sendero esta trazado en tierra fiscal dentro del ejido de la municipalidad de El Hoyo.
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº1: DECLÁRESE COMO SENDERO PÚBLICO el acceso turístico a la Laguna El Espejo que nace del camino existente que va hacia la laguna de Los Patos, punto de referencia denominado "Cruce de la Laguna", hasta la Laguna "El Espejo" de la localidad de El Hoyo
Artículo Nº2: AUTORICESE al DEM la mensura del sendero en su actual recorrido.
Artículo Nº3: Queda prohibido el uso de vehículos Pick-up 4x4 y/o similar en todo su trazado.
Articulo Nº4: Queda prohibido la modificación de su trazado en toda su extensión tanto a lo largo como a lo ancho.
Artículo Nº : Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 19 de noviembre del año 2014.