HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Modificar Art. 1 Ordz. 41/2013

VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, las Ordenanzas 045/2008, 069/2009 y 041/2013.-

Y CONSIDERANDO:
Qué luego de sancionar la Ordenanza Nº 041/2013 se aportaron nuevos datos en diferentes reuniones;

Qué se hace necesario incorporarla en una nueva ordenanza;

Qué es voluntad de este cuerpo dar lugar a las observaciones realizadas por el ejecutivo para regularizar la situación de los vehículos destinados el transporte de taxis y remises;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar el artículo 1 de la Ordenanza Nº 41/2013 que quedara redactado de la siguiente manera: "establécese un cupo máximo de 19 (diecinueve) vehículos habilitados en los servicios de taxis y remises para la prestación de servicios en nuestra localidad. Dichas unidades deberán prestar servicio normal y habitualmente durante los 12 (doce) meses del año. A los fines de control de dicha medida, facultar al Área de Inspectoría Municipal a incrementar los mecanismos que considere pertinente para tal fin. .

Artículo Nº 2: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a regularizar el normal funcionamiento de la totalidad de vehículos destacados a taxis y remises que cuenten en la actualidad con habilitaciones, en un plazo de 30 (treinta) días. -

Artículo Nº 3: De forma. .

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 05 de junio del año 2013. -.