HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Seguridad Escuela 81

VISTO:
la ley XVI Nº 46 y que es imprescindible garantizar la seguridad en el acceso a la escuela Nº 81;

Y CONSIDERANDO:
Qué en épocas invernales es escasa la visibilidad tanto para peatones como para vehículos;

Qué la escuela mencionada en el visto se encuentra ubicada a la vera de la ruta nacional Nº 40;

Qué no hay señalización visible que indiquen precaución y límites de la velocidad;

Qué no hay iluminación sobre la ruta;

Qué todo esto ayudaría a prevenir futuros accidentes;

Qué de ser necesario se coloquen reductores de velocidad;

Qué es voluntad de este cuerpo legislaren función de las consecuencias graves por lo que se hace necesario la colocación de reductores de velocidad;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones necesarias ante las autoridades correspondientes para colocar reductores de velocidad adecuadas, carteleria con indicaciones de velocidades máximas y mínimas e iluminación. .

Artículo Nº 2: solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal organice la circulación de vehículos en horarios de entrada y salida de alumnos. -.

Articulo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 05 de junio del año 2013. -.