Seguridad Escuela 81
VISTO:
la ley XVI Nº 46 y que es imprescindible garantizar la seguridad en el acceso a la escuela Nº 81;
Y CONSIDERANDO:
Qué en épocas invernales es escasa la visibilidad tanto para peatones como para vehículos;
Qué la escuela mencionada en el visto se encuentra ubicada a la vera de la ruta nacional Nº 40;
Qué no hay señalización visible que indiquen precaución y límites de la velocidad;
Qué no hay iluminación sobre la ruta;
Qué todo esto ayudaría a prevenir futuros accidentes;
Qué de ser necesario se coloquen reductores de velocidad;
Qué es voluntad de este cuerpo legislaren función de las consecuencias graves por lo que se hace necesario la colocación de reductores de velocidad;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones necesarias ante las autoridades correspondientes para colocar reductores de velocidad adecuadas, carteleria con indicaciones de velocidades máximas y mínimas e iluminación. .
Artículo Nº 2: solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal organice la circulación de vehículos en horarios de entrada y salida de alumnos. -.
Articulo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 05 de junio del año 2013. -.