HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Ordz. para IPV

VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 075/2010, 044/2011 y la ley Provincial XVI Nº 46;

Y CONSIDERANDO:
Qué según las Ordenanzas Municipales mencionadas en visto se ha establecido una cesión de lotes para 60 beneficiarios en la fracción designada catastralmente como Parcela 12 Chacra 3 Sector 3 Circunscripción I de la localidad de El Hoyo;

Qué ya han sido pre- adjudicadas 34 viviendas por parte del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano;

Qué según el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Municipal N º 044/2011 se debe dejar constancia en cada instrumento público a subscribirse, que si el adjudicatario o titular dominial, vendiere y/o cediere, total o parcialmente en forma onerosa o gratuita, la parcela que le correspondiere, dentro del plazo de 10 años a contar desde su adjudicación, será causal de reintegro al patrimonio Municipal del inmueble cedido oportunamente, incluidas las mejoras eventuales que se hubieran realizado;

Qué a los fines del otorgamiento de créditos para la construcción de la vivienda el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y el Registro de la Propiedad Inmueble exigen como requisito la cesión en garantía del inmueble;

Qué, en razón de la prohibición contenida en el artículo Nº 6 de la Ordenanza Nº 044/2011, el otorgamiento de los créditos para la construcción de viviendas se ve impedido de materializarse;

Qué resulta necesario y conveniente permitir a los ciudadanos acceder a su vivienda, razón por la que corresponde dejar sin efecto la prohibición contenida en el artículo Nº 6 de la Ordenanza Nº 044/2011;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Dejar sin efecto la obligación establecida en el artículo Nº 6 de la Ordenanza Municipal Nº 044/2011, a los fines de que los adjudicatarios transfieran en garantía dichos inmuebles al Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, con el propósito de acceder al crédito para construcción de viviendas. -.

Artículo Nº 2: Notificar la presente Ordenanza al Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y al Registro de la Propiedad inmueble para su consideración y efectos. .

Artículo Nº 3: De forma. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 19 de junio del año 2013. .