HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Plazo para la presentación de requisitos de los fraccionamientos

VISTO:
Las atribuciones conferidas por ley Provincial XVI Nº 46 y la Ordenanza Municipal Nº 014/2009 artículo 25 inciso 3;

Y CONSIDERANDO:
Qué el desarrollo urbano, social y de infraestructura de la localidad requiere de la atenta mirada del ente Municipal a fines de regular los mismos, evitando un crecimiento anárquico y desordenado;

Qué en los supuestos de solicitudes de fraccionamiento de tierras los mismos deben responder a las necesidades de la comunidad, tanto como a los intereses de los particulares beneficiados con la plusvalía que implica dicho procedimiento de parcelamiento;

Qué se han advertido numerosos proyectos de fraccionamientos en la zona urbana y no urbana que han sido aprobados meses atrás y a la fecha no se han cumplido con los pasos necesarios a fines de su materialización, por ejemplo: Presentación de estudio de impacto ambiental, red de servicios, porcentajes cedidos a este Municipio, plano visados y/o aprobados, entre otros;

Qué dichas situaciones facilitan y/o cohonestan la especulación inmobiliaria, al suspenderse indefinidamente la conclusión de los trámites hasta tanto pueda significar un "mejor negocio" para su titular, circunstancia ésta que no se ajusta a los fines que se persiguen en aras de la tutela de los intereses generales;

Qué asimismo, la demora injustificada en el cumplimiento de los requisitos establecidos para materializar un proyecto de fraccionamiento resulta un inconveniente desde el punto de vista administrativo desde que dichos proyectos quedan sin definición por largos períodos, lo que genera también inconvenientes al momento de la aprobación de nuevos proyectos.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Establecer un plazo máximo de seis meses (6), a los fines de que los titulares y/o responsables de un proyecto de fraccionamiento den cumplimiento acabado a la totalidad de los requisitos establecidos para tales emprendimientos, contados a partir de la entrada en vigencia de la Ordenanza que lo apruebe. .

Artículo Nº 2: Los titulares y/o responsables de un proyecto que haya sido ya aprobado gozarán del mismo plazo, a los mismos fines, y que se computará a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. .

Artículo Nº 3: El incumplimiento a dicha obligación acarreará la caducidad automática de la aprobación del fraccionamiento que haya sido aprobado por este Cuerpo deliberativo. -.

Artículo Nº 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. .

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 25 de junio del año 2013. .