HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Ratificar convenio Sala Velatoria

VISTO:
La ley Provincial XVI Nº 46 y el convenio firmado entre el Sr. Intendente de la Municipalidad de El Hoyo Don Mirco Szudruk y el Sr. Presidente de la Cooperativa de Servicios Telefónicos de El Hoyo Ltda. (COSTELHO) Don Raúl Girardelli.

Y CONSIDERANDO:
Qué en fecha 29 de abril del año 2003 se firma un convenio entre ambas partes para la construcción de una sala velatoria en el inmueble de propiedad de la Cooperativa;

Qué en el convenio de fecha 23 de agosto del corriente año se reconoce a la Cooperativa las facultades de ceder o transferir el uso del inmueble donde se encuentra asentada la sala velatoria, a título gratuito u oneroso;

Qué es voluntad del Poder Ejecutivo Municipal dejar sin efecto el acuerdo con fecha 29 de abril del año 2003, en el cual se cede al mismo la atención de la sala velatoria;

Qué el presente convenio contempla la prestación de 12 servicios anuales para personas NBI de la localidad;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: APRUEBESE en todos sus términos el convenio donde La Municipalidad cede o transfiere a la Cooperativa de Servicios Telefónicos de El Hoyo Ltda. (COSTELHO) el uso del inmueble donde se encuentra asentada la sala velatoria. -.

Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 09 de octubre del año 2013. -.