Prorroga Monitributo Social
VISTO:
La Ley XVI Nº 46 y la Ordenanza Municipal Nº 149/2012;
Y CONSIDERANDO:
Qué el estado nacional tiene mecanismos (AFIP) que permite a los prestadores de bienes y servicios de bajos recursos ajustarse a la ley, aportando una obra social y a una caja de jubilación como lo es el monotributo social;
Qué resulta necesario prorrogar el plazo establecido en el Artículo Nº 3 de la Ordenanza Municipal Nº 149/12, debido a que por cuestiones burocráticas, hacen la migración de todos los contratados al sistema de monotributo social;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Modificar el Artículo Nº 3 de la Ordenanza Municipal Nº 149/12, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"Autorizar al DEM a disponer que podrá documentarse el pago de contrataciones que efectúe la corporación municipal de prestación de servicios y/u obras mediante la emisión de una orden de pago y/o convenio simple municipal cuando el monto de las mismas no supere la suma pesos dos mil ($ 2.000) por mes y el contratista no estuviera inscripto ante la AFIP exceptuando al mismo de la presentación de facturas y/o recibos, hasta la incorporación de los mismos como beneficiarios del Monotributo Social, hasta el día 21 de diciembre del año 2014". .
Artículo Nº 2: De forma. -.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 20 de noviembre del año 2013. .