HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

adherir decreto Nac. Mascotas

VISTO:
El Decreto Nº 1.088/11, de la Presidencia de la Nación, que crea el Programa Nacional de Tenencia Responsable de Perros y Gatos", Ordenanza Municipal Nº 104/09, y la Ley XVI Nº 46;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Programa Nacional de "Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos", prestará asistencia en la materia a los gobiernos Provinciales y Municipales;

Qué resulta propicio el dictado de una norma que refleje la articulación de premisas, con la preservación de la salud pública y la diversidad biológica;

Qué la declaración universal de los derechos de los animales del año 1977 adoptada por la Organización de las Naciones Unidas ONU y por la Organización de las Naciones unidas para la Educación, la ciencia y la cultura UNESCO, en su Art. 3º dispone que ningún animal será sometido a malos tratos ni actos crueles, que en Art. 5º establece que cualquier animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie, que en nuestro país el Art. Nº 41 de la Constitución nacional dispone, entre otros extremos, que las autoridades proveerán a la prevención de la diversidad biológica; -

Qué la Ley Nº 14436, impone prisión de 15 días a un año al que infringiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales;

Qué la Ley Nº 22953, declara de Interés Nacional la lucha Antirrábica en todo el territorio nacional, estableciendo diversas obligaciones y responsabilidades, tanto para personas que tiene animales bajo su tenencia, así como para las autoridades competentes;

Qué, por su parte, diversas Provincias han realizado normas relativas a esta materia; -

Qué diversos municipios del país, han dictado Ordenanzas que tiene como objeto, la tenencia responsable, como las tareas de control de salubridad, vacunación y esterilización de animales domésticos, estimulando las practicas no eutanásicas;

Qué es voluntad de este Municipio adherir al Decreto Nacional Nº 1.088/11;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Adherir en todos sus términos al Decreto Nacional Nº 1088/11. .

Artículo Nº 2: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar los convenios correspondientes para la implementación de este programa. -.

Artículo Nº 3: Destínese el 100% de los fondos recaudados en el concepto de
multas vinculadas a las Ordenanzas de tenencia responsable de canes, a este
Programa. -.

Artículo Nº 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 04 de diciembre del año 2013. -.