HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Repudio agresión hacia el Intendente

VISTO:
La Constitución Nacional, ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46 y la manifestación realizada el día sábado 20 de abril de 2013;

Y CONSIDERANDO:
Qué, la gravedad de los hechos acontecidos el día sábado 20 de abril del corriente año en los que se viera involucrada la persona del intendente y su grupo familiar hace necesaria una respuesta institucional;

Qué, este cuerpo reconoce el legítimo derecho de los particulares a manifiestas públicas y pacíficamente;

Qué, la magnitud de la manifestación del día 20 de Abril del corriente año ha excedido la órbita de la actuación institucional del intendente, afectando directamente la intimidad de éste y su familia;

Qué, hechos como éstos desnaturalizan el derecho constitucional de peticionar ante las autoridades;

Qué, este Cuerpo se hace eco y comparte toda acción tendiente a eliminar del seno social las conductas delictivas, entre ellas, la trata de personas;

Qué, este Cuerpo deposita su confianza plena en los Órganos y carriles institucionales establecidos a los fines del esclarecimiento de los hechos.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo Nº 1: REPUDIAR enérgicamente la agresión de la que fue víctima el intendente y su grupo familiar en su domicilio particular.

Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 23 de abril del año 2013. .