Emergencia Social y Territorial Lote 41
VISTO:
La ley XVI Nº 46 (antes 3098 ley Orgánica de Corporaciones Municipales), la ley nacional de tierras, la Declaración Municipal de Emergencia Ignea 004/2012, la Declaración Provincial Emergencia decreto 12/2012 y la crisis territorial del lote 41;
Y CONSIDERANDO:
Qué hasta el día 30 de enero del año 2012 se mantuvo la emergencia ígnea municipal;
Qué está vigente el decreto Nº 12/2012 por el cual el gobernador de la Provincia del Chubut declara la emergencia Provincial;
Qué el incendio provocó la pérdida de dos viviendas y numerosos daños materiales en el lote 41;
Qué el mismo permanece es situación de conflicto territorial afectando la calidad de vida de los pobladores;
Qué es voluntad de este cuerpo legislativo encontrar una solución territorial integral a los diferentes conflictos permanentes en relación de la tenencia de la tierra que impactan en la vida social de sus pobladores;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACIÓN
Artículo Nº 1: Declarar en emergencia social y territorial al lote 41 del ejido municipal. -
Artículo Nº 2: Instar al Departamento Ejecutivo Municipal a promover el logro de acuerdos con todos los vecinos sobre las superficies ocupadas en el lote 41.
Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en las Instalaciones del Centro Comunitario de la Localidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria correspondiente al día 01 de Febrero del año 2012.