Interes Monitoreo del Agua
VISTO:
Ley XVI Nº 46;
Y CONSIDERANDO:
Qué la red regional de monitoreo de calidad del agua funcionó desde fines del año 2007 hasta mayo del año 2011;
Qué en una región como la que habitamos el agua es un recurso de una importancia vital;
Qué la Red tiene por objeto producir información periódica sobre el estado del agua en los ambientes regionales y detectar procesos que afecten su calidad, con particular referencia a los de eutrofización;
Qué la Red llevaba adelante controles dentro de los sistemas hídricos de Esquel – Percy, Río Azul y Quemquemtreu, Cuenca del río Epuyén, Río Senguer, desembocadura, Arroyos del ejido urbano de Corcovado, Cuenca del río Carreleufu y Cuencas binacionales;
Qué se están llevando adelante gestiones para recomenzar con la red de monitoreo a partir del año 2012;
Qué ante la importancia que requiere la temática es imprescindible el acompañamiento de los distintos estamentos del Estado;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACIÓN
Artículo Nº 1: Declarar de Interés Municipal la Red de Monitoreo del Agua.
Artículo Nº 2: Acompañar la difusión de las tareas que realiza la Red.-
Artículo Nº 3: Elevar la presente a la Dra. Adriana Nillni, Secretaria de Ciencias, UNPSJB, Comodoro Rivadavia.-
Artículo Nº 4: Establecer en coordinación con el Departamento Ejecutivo Municipal los lugares y las frecuencias para la realización de los monitoreos del agua.
Articulo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 28 de marzo del año 2012.