Fraccionamiento Campisi - Paterlini
VISTO:
El plano de Mensura Nº 17.534 – P-523-98, registrado ante la Dirección de Catastro de la Provincia, El Título de Propiedad MAT (09-12) 77.533; El Acta celebrada en el DEM de fecha 30 -01-2012; la Declaración Nº 002/2012 del HCD municipal, La Ordenanza Nº 034/89, la ley nacional de tierras, la Declaración Municipal de Emergencia Ignea 004/2012, la Declaración Provincial Emergencia decreto 12/2012 y la crisis territorial del lote 41, Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46.-
Y CONSIDERANDO:
Que se ha Declarado la emergencia social y territorial del lote 41, mediante la Declaración Nº 002/2012 del HCD, la cual se encuentra en vigencia;
Que el incendio provocó la pérdida de dos viviendas y numerosos daños materiales en el lote 41;
Que la problemática se refiere a la ocupación que tiene la Señora Diana Paterlini en parte del lote 41, circunscripción 4, sector 2 Chacra 6, según plano de mensura Nº 17.534, P-523-98.
Que a raíz del acta celebrada el día 30 de enero de 2012 se ha llegado a un acuerdo entre los interesados.
Que según el ordenamiento jurídico existente no se encuentra permitido el fraccionamiento de parcelas en superficies menores a 04 hectáreas en la zona rural.
Que es de interés de este cuerpo legislativo dar prioridad a la problemática social planteada.
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Autorizar el fraccionamiento en el lote 41 Fracción 1 circunscripción 4, sector 2 Chacra 6, según plano de mensura Nº 17.534, P-523-98, en cuatro fracciones, según el croquis que se adjunta. -
Artículo Nº 2: La mensura de fraccionamiento tendrá una parcela de cuatro mil novecientos cincuenta metros cuadrados aproximadamente, que será destinado a la señora Diana Paterlini, una vez que la mensura sea registrada se inscribirá a su nombre. Sus medidas aproximadas serán 45 metros de frente al Callejón La Laguna y 110 metros de largo. -
Artículo Nº 3: El resto de la superficie del lote 41, fracción 1, se fraccionará por única vez, en tres parcelas diferentes, a saber, una parcela de una (01) hectáreas, otra de dos (02) hectáreas, y una tercera de tres (03) hectáreas aproximadamente según resulte de la mensura definitiva.
Artículo Nº 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en las Instalaciones del Centro Comunitario de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 15 de febrero del año 2012. -