HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Quintin Hernandez

VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 043/95 MEH y las actuaciones administrativas que dieran origen a la misma, los autos caratulados "HERNANDEZ, Ricardo c/ MUNICIPALIDAD DE EL HOYO s/PAGO POR CONSIGNACION" (Expte. Nº 07 /12 MEH, y la ley XVI N° 46.-

Y CONSIDERANDO:
Que oportunamente fue adjudicada en venta "ad mensuram", a favor de don Ricardo Hernández, una superficie de tierra fiscal municipal de aproximadamente 15.000 m2 designada como parte del lote 15, fracción A, Sección JIII, sita en el Paraje Puerto Patriada, fuera del sector forestal de la entonces Reserva Cuartel Forestal Lago Epuyén;

Que la tierra adjudicada fuera ocupada en vida por su padre y en ella nació el adjudicatario, lo que determina su calidad como legítimo, real y pacífico ocupante;

Que el ocupante se encuentra al día en el pago de los impuestos y/o derechos de ocupación que pesan sobre el inmueble de su ocupación;

Que tratándose de una adjudicación "ad mensuram" el plazo para el pago de la tierra no puede comenzar sino cuando se encuentre registrada la mensura que determine con precisión la superficie objeto de la venta del pago pertinente, lo que no ha sucedido hasta la fecha;

Que no obstante y ante la demora de ejecución de la mensura por parte del profesional interviniente es voluntad del adjudicatario cancelar el precio de la tierra, sujeto a reajuste por la superficie que en mas o en menos resulta una vez registrada la misma;

Que en tales circunstancias y sin razones valederas la anterior administración municipal se negó a recibir el pago, viéndose forzado el adjudicatario a promover acción de consignación, actualmente pendiente de contestación por la Municipalidad demandada;

Que en virtud de los antecedentes del poblador adjudicatario y no habiendo sido caducada la adjudicación en venta, se considera válida la adjudicación y procedente el pago sujeto a reajuste propuesto por el adjudicatario "ad mensuram";

Que por lo expuesto resulta oportuna la transacción judicial, admitiendo el pago propuesto y evitando un juicio estéril y los consiguientes inconvenientes y mayores costos derivados del mismo:

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AUTORIZAR el pago por consignación, sujeto a reajuste de la superficie que en mas o en menos resulte de la mensura definitiva del predio adjudicado en venta "ad mensuram" al señor Ricardo Hernández, D.N.I. Nº 7.816.723. -

Artículo Nº 2: INSTRUMENTAR un acuerdo transaccional para poner fin a la demanda incoada peticionando el archivo de las actuaciones al magistrado interviniente.

Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en las Instalaciones del Centro Comunitario de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 15 de febrero del año 2012.