HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Adherir a la Ordz. Bolsón, Sin alcohol

VISTO:
La nota recibida Nº 001/12, La Ordenanza Municipal Nº 177/11 de la Localidad de El Bolsón y la Ley XVI Nº 46.-

Y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ordenanza Municipal Nº 177/11 de la Localidad de El Bolsón se Instituye para el último sábado de Enero de cada año "Una noche sin Alcohol", en todo el ejido de El Bolsón;

Que en la Ordenanza citada en su artículo Nº 6 se invita a los Honorables Concejos Deliberantes de la comarca Andina del Paralelo 42º a adherir a la misma;

Que es voluntad de este cuerpo deliberativo acceder a lo solicitado;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Adherir a lo establecido en el artículo Nº 1 de la Ordenanza Municipal Nº 177/11, sancionada el día 21 de diciembre del año 2011 por el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Bolsón.

Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en las Instalaciones del Centro Comunitario de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria correspondiente al día 01de febrero del año 2012. -