Adjudicación en venta Mirta Cardenas
VISTO:
Nota recibida Nº 439/11, Expediente Nº 42/1995, Resolución Municipal Nº 389/11, Ordenanza Municipal Nº 106/11, dictamen legal de fecha 06/03/12 y Ley XVI Nº 46.-
Y CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 439/11 del DEM, se reconoce al Sra.: Mirta Liliana Cárdenas, como ocupante de la chacra 20, parcela 1, circunscripción 3, sector 1, del paraje Rincón de Lobos;
Que mediante la Ordenanza Municipal Nº 106/2011, se refrenda la antes citada Resolución Municipal;
Que mediante nota recibida mencionada en visto se solicita se adjudique en venta;
Que no existen objeciones para acceder a dicho pedido, para así dar continuidad al trámite de regularización de tierra del Sra. Mirta Liliana Cárdenas;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Adjudicar en venta a la Sra. Mirta Liliana Cárdenas nº 20.675.313 la fracción de tierra fiscal identificada como chacra 20, parcela 1, circunscripción 3, sector 1, del paraje Rincón de Lobos, de una superficie de 00 has, 77 a, 89 cas.
Artículo Nº 2: Si el adjudicatario en venta y/o titular dominial vendiere y/o cediere total o parcialmente, en forma onerosa o gratuita, la tierra fiscal regularizada dentro del plazo de diez años a contar de la adjudicación en venta, perderá los beneficios, que otorga la presente en cuanto a los descuentos que establece el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH, debiendo reintegrar dicho monto al municipio con mas el interés del banco del Chubut SA para descuento de documentos. -
En caso de transmisión mortis causa dentro del plazo de los 10 años no perderá el beneficio otorgado en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH. -
Artículo Nº 3: Se hace saber al Adjudicatario en venta que ésta ordenanza caducará automáticamente si no diere cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Nº 5, de la Ordenanza Municipal Nº 066/2009. -
Artículo Nº 4: Déjese constancia en oportunidad de otorgarse el título de propiedad lo normado en el artículo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09, inciso c.
Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en las Instalaciones del Centro Comunitario de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 14 de marzo del año 2012. -