HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Medalla de Plata

VISTO:
La propuesta del Area de Cultura Municipal y La Ley XVI Nº 46;

Y CONSIDERANDO:
Que con motivo de del 30º aniversario de la gesta de Malvinas y en el marco de la legislación vigente Nacional y Provincial, y al no contar este municipio con un símbolo preestablecido para reconocer los actos de heroísmo, valor, patriotismo para los habitantes de nuestra localidad.

Que dicho símbolo represente en forma permanente al Pueblo y a la Municipalidad de El Hoyo, para que sea expresión de reconocimiento y homenaje a dichos actos;

Que La Dirección de Cultura de la Municipalidad ha propuesto crear la Medalla de Plata de la Municipalidad de El Hoyo, para expresar tal voluntad, como así también, ha propuesto nombres para el primer otorgamiento;

Que existen en nuestra Localidad ciudadanos que han participado en el Teatro de Operaciones de la Guerra de Malvinas;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Créase la Medalla de Plata de la Municipalidad de El Hoyo para honrar a mujeres y hombres que a propuesta de un grupo de vecinos o instituciones, hayan realizado actos de valor y patriotismo y contribuido así grandemente a la comunidad en general. -

Artículo Nº 2: Toda propuesta será evaluada por la Comisión de Desarrollo Social, Cultura y Deportes del Honorable Concejo Deliberante, la cual emitirá un dictamen al respecto.

Artículo Nº 3: Esta medalla será realizada artesanalmente en plata 900, en un tamaño de 3,5 x 3 cm, teniendo en el anverso el escudo municipal y en su reverso, la leyenda grabada de " M.E.H. a quien corresponda, motivo del otorgamiento y el año", entregándose siempre en acto público, fundamentándose debidamente su otorgamiento. -

Artículo Nº 4: Otorgar a los ciudadanos residentes en El Hoyo, Señores Raúl Larenas, Eudes García y Armando Schatchner, la "MEDALLA DE PLATA" por su condición de ex-combatientes en la Guerra de las Islas Malvinas, a treinta años del conflicto, a entregarse en el acto central del 02 de Abril, frente a la "Casa de la Cultura- Malvinas Argentinas".

Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 28 de marzo del año 2012.