Subdivisión Pizzarro
VISTO:
La ley XVI N° 46 (antes ley 3098 Orgánica de Corporaciones Municipales), la solicitud realizada por la familia Pizarro respecto de las parcelas 19, 20 y 26 de la Chacra 5, Circunscripción 1 Sector 3, Ejido 12, El Hoyo y la correspondiente mesura particular de redistribución, fraccionamiento y unificación presentada por el Agrimensor Alberto Beliu.-
Y CONSIDERANDO:
Que los propietarios de los lotes mencionados en el visto, manifiestan el interés y la necesidad de fraccionar sus propiedades;
Que el proyecto presentado trata los fraccionamientos de las parcelas 19, 20 y 26 de la Chacra 5, Circunscripción 1 Sector 3, Ejido 12, El Hoyo;
Que existe una subdivisión real de hecho;
Que resulta oportuno crear una norma que contemple y regule las situaciones planteadas por los propietarios de los lotes antes mencionados, dando una respuesta a la necesidad habitacional de la población;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las subdivisiones y otorgar los visados correspondientes a los planos de fraccionamientos de las parcelas que nazcan de las parcelas 19, 20 y 26 de la Chacra 5, Circunscripción 1 Sector 3, Ejido 12, El Hoyo. -
Artículo 2: Las parcelas que surjan con motivo de los fraccionamientos no podrán ser inferior a lo establecido en el punto 5.3.4.- de la ordenanza N° 051/2001 (Código de Planeamiento y Reordenamiento Ambiental de la Municipalidad de El Hoyo). -
Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 11 de abril del año 2012.