Convenio Red de Gas Sauzal
VISTO:
Las atribuciones conferidas por ley Provincial XVI Nº 46 (Ex 3098) El convenio firmado entre "LA PROVINCIA" representada por el Sr. Gobernador Lic. Martin Buzzi, y el Sr. Intendente de la Municipalidad de El Hoyo Don Mirco Szudruk.
Y CONSIDERANDO:
Que en el convenio mencionado en visto se refiere al aporte no reintegrable por parte de "LA PROVINCIA", para la ejecución de "Red de gas en el sauzal II (El Pinar) Segunda Etapa".
Que "LA PROVINCIA" concede el aporte no reintegrable de pesos cuatrocientos cincuenta y tres mil quinientos cincuenta con cincuenta y tres centavos ($ 453.550,53).
Que el monto comprende los precios globales a que ascienden los materiales y mano de obra necesarios para la ejecución de la obra.
POR ELLO Y:
En una de sus facultades que le son propias:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº1: APRUEBESE en todos sus términos el convenio firmado por el Sr. Gobernador Martin Buzzi, y el Sr. Intendente de la Municipalidad de El Hoyo Mirco Szudruk , para la ejecución de "Red de gas en el sauzal II ( El Pinar) Segunda Etapa".
Artículo Nº2: incorporar en el presupuesto Municipal 2012, los importes del Anexo I, Ingresos, DGSP 01.02.02.17.
Red de gas en el sauzal II (El Pinar) etapa II-(+ $453.550,53).
Artículo Nº 3: incorporar en el Presupuesto 2012 los importes del Anexo II, Egresos DGSP 12.09.01.09. -
Red de gas en el sauzal II (El Pinar) Etapa II-(+ $453.550,53).
Artículo Nº 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 11 de Abril del año 2012. -