Adjudicar en venta Teobaldo Lobos
VISTO:
Nota recibida Nº 423/12, Expediente Nº 565/11, Resolución Municipal Nº 366/12, Ordenanza Municipal Nº 092/12, dictamen legal de fecha 27/08/12 y Ley XVI Nº 46.-
Y CONSIDERANDO:
Qué mediante la Resolución Nº 366/12 del DEM, ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, en la cual se reconoce al Sr. Teobaldo Lobos LE n° 7.312.144 como ocupante de la fracción de tierra fiscal en lote 27 T, circunscripción 1, sector 1, chacra 1, Sección El Hoyo, de una superficie de 2.363,06 metros cuadrados;
Qué mediante la Ordenanza Municipal Nº 092/2012, se refrenda la antes citada Resolución Municipal;
Qué mediante nota recibida mencionada en visto se solicita se adjudique en venta;
Qué no existen objeciones para acceder a dicho pedido, para así dar continuidad al trámite de regularización de tierra del Sr. Teobaldo Lobos;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Adjudicar en venta al Sr. Teobaldo Lobos LE N° 7.312.144 la fracción de tierra fiscal identificada como lote 27 T, circunscripción1, sector 1, chacra 1, Sección El Hoyo, de una superficie de 2.363,06 metros cuadrados.
Artículo Nº 2: Si el adjudicatario en venta y/o titular dominial vendiere y/o cediere total o parcialmente, en forma onerosa o gratuita, la tierra fiscal regularizada dentro del plazo de diez años a contar de la adjudicación en venta, perderá los beneficios, que otorga la presente en cuanto a los descuentos que establece el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH, debiendo reintegrar dicho monto al municipio con mas el interés del banco del Chubut SA para descuento de documentos. -
En caso de transmisión mortis causa dentro del plazo de los 10 años no perderá el beneficio otorgado en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH. -
Artículo Nº 3: Se hace saber al Adjudicatario en venta que ésta ordenanza caducará automáticamente si no diere cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Nº 5, de la Ordenanza Municipal Nº 066/2009. -
Artículo Nº 4: Déjese constancia en oportunidad de otorgarse el título de propiedad lo normado en el artículo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09, inciso c.
Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 07 de septiembre del año 2012.