Adjudicar en venta Eusebio Barría
VISTO:
Nota recibida Nº 430/12, Expediente Nº 343/11, Resolución Municipal Nº 413/12, Ordenanza Municipal Nº 091/12, dictamen legal de fecha 27/08/12 y Ley XVI Nº 46.-
Y CONSIDERANDO:
Qué mediante la Resolución Nº 413/12 del DEM, ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, en la cual se reconoce al Sr. Eusebio Barría DNI nº 12.757.495 como ocupante de la fracción de tierra fiscal identificada como lotes 18 y 19, ambos de una superficie aproximada de cuatrocientos cincuenta metros cuadrados, manzana 1 circunscripción 1, sección 3, ejido 12, del Barrio El Sauzal de la localidad de El Hoyo;
Qué mediante la Ordenanza Municipal Nº 091/2012, se refrenda la antes citada Resolución Municipal;
Qué mediante nota recibida mencionada en visto se solicita se adjudique en venta;
Qué no existen objeciones para acceder a dicho pedido, para así dar continuidad al trámite de regularización }de tierra del Sr. Eusebio Barría;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Adjudicar en venta al Sr. Eusebio Barría DNI nº 12.757.495 la fracción de tierra fiscal identificada como lotes 18 y 19, ambos de una superficie aproximada de cuatrocientos cincuenta metros cuadrados, manzana 1 circunscripción 1, sección 3, ejido 12, del Barrio El Sauzal de la localidad de El Hoyo;.
Artículo Nº 2: Si el adjudicatario en venta y/o titular dominial vendiere y/o cediere total o parcialmente, en forma onerosa o gratuita, la tierra fiscal regularizada dentro del plazo de diez años a contar de la adjudicación en venta, perderá los beneficios, que otorga la presente en cuanto a los descuentos que establece el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH, debiendo reintegrar dicho monto al municipio con más el interés del banco del Chubut SA para descuento de documentos. -
En caso de transmisión mortis causa dentro del plazo de los 10 años no perderá el beneficio otorgado en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH. -
Artículo Nº 3: Se hace saber al Adjudicatario en venta que ésta ordenanza caducará automáticamente si no diere cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Nº 5, de la Ordenanza Municipal Nº 066/2009. -
Artículo Nº 4: Déjese constancia en oportunidad de otorgarse el título de propiedad lo normado en el artículo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09, inciso c.
Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 07 de septiembre del año 2012.