HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Convenio pago de tanques

VISTO:
La ley de corporaciones municipales XVI N° 46 y la compra realizada por la Secretaria de Infraestructura de la Provincia de Chubut por la cantidad de 25 tanques de reserva de 850 lts. y los accesorios para la instalación de los mismos

Y CONSIDERANDO:
Qué existe la necesidad de contar con tanques de reserva en los parajes de la localidad para poder sobrellevar los momentos en los cuales existe escasez de agua;

Qué la compra realizada por parte de la Secretaria de Infraestructura de la provincia de 25 tanques de reserva de 850 lts. y los accesorios para la instalación de los mismos será destinada a beneficiar a vecinos que carezcan de reservorios para este liquido vital en el paraje Rincón de Lobos;

Qué en conjunto con la junta vecinal de Rincón de Lobos se ha confeccionado la lista de los 25 adjudicatarios;

Qué la colocación de los tanques de agua será realizada por los adjudicatarios;

Qué cada adjudicatario deberá abonar el tanque en cuotas a valores que el Departamento Ejecutivo Municipal establezca de acuerdo al valor de mercado actual.

Qué el recupero de las cuotas será utilizado para seguir comprando tanques de reserva o equipamiento que sea solicitado por los vecinos.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AUTORIZAR al DEM a firmar convenios de pago con los adjudicatarios. -

Artículo Nº 2: Incorporar en el presupuesto Municipal 2012 los importes del Anexo I, Ingresos, 01.01.01.26. -

Recupero cuotas tanques y otros. ($25.500).-

Artículo Nº 3: Incorporar en el Presupuesto 2012 los importes del Anexo II, Egresos, 12.09.01.40.

Compra recupero de tanques y otros.-($25.500).-

Artículo Nº 4: El dinero recaudado será reutilizado solo para la compra de nuevos tanques de reserva y sus correspondientes accesorios para la instalación. En caso de que esta necesidad este satisfecha, y previo acuerdo con los vecinos, se podrá comprar otros elementos que sean de vital necesidad para los vecinos.

Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria el día 07 de Septiembre de 2012. -