HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Derogar Ordz. 63/2012 Referente Av. Islas Malvinas

VISTO:
La Ley XVI Nº 46;

Y CONSIDERANDO:
Qué se hace necesario reordenar el transito vehicular en la Avenida Islas Malvinas;

Qué se han producido situaciones de peligro para transeúntes por falta de orden en la circulación y el estacionamiento, como así también diversos accidentes;

Qué se observa que el ancho de la calle no reúne las condiciones para doble estacionamiento;

Qué los móviles del hospital rural de nuestra localidad necesitan salir en un marco de seguridad para atender las emergencias y traslados de pacientes en general;

Qué se ve diariamente circulación de vehículos de carga pesada en la avenida (con un peso superior a 3.500 kg), generando un congestionamiento de tránsito en horario comercial;

Qué la velocidad en la que se transita se convierte es un problema a regular al igual que el giro en U de los conductores en lugares no permitidos de la avenida;

Qué se hace necesario mejorar los sistemas de señalización y de difusión, para crear conciencia y responsabilidad en los automovilistas;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo tomar como valioso los aportes de los vecinos, como así los acuerdos realizados;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Derogar en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 063/2012 HCD MEH.

Artículo Nº 2: Conservar la circulación vehicular en doble mano por la Avenida Islas Malvinas.

Artículo Nº 3: Prohíbase el estacionamiento sobre la margen izquierda (vereda norte) de la avenida Islas Malvinas, ingresando desde la Ruta Nacional 40 hasta la calle Amancay, en el horario de 07:00 a 13:00 hs todos los días hábiles. -

Artículo Nº 4: Permitir el estacionamiento de transportes escolares y de línea únicamente para ascenso y descenso de pasajeros en la margen que tiene como punto de referencia el hospital rural de la Localidad.

Artículo Nº 5: Prohibir la circulación y descarga de transporte de carga pesada (con un peso superior a 3.500 kg) desde las 07:00 hs a las14:00 hs. -

Artículo Nº 6: Mejorar la cartelería y señalizaciones con pintura, claros y visibles.

Artículo Nº 7: Dar a conocer por todos los medios de comunicación a toda la comunidad los términos de la presente Ordenanza. -

Artículo Nº 8: Encomendar al DEM a reubicar la garita existente en un sector que no obstaculice los accesos al hospital rural de El Hoyo. -

Artículo Nº 9: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes con el fin de contratar personal necesario de tránsito para hacer cumplir la legislación vigente. -

Articulo Nº 10: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 03 de octubre del año 2012.