Derogar Ordz. 63/2012 Referente Av. Islas Malvinas
VISTO:
La Ley XVI Nº 46;
Y CONSIDERANDO:
Qué se hace necesario reordenar el transito vehicular en la Avenida Islas Malvinas;
Qué se han producido situaciones de peligro para transeúntes por falta de orden en la circulación y el estacionamiento, como así también diversos accidentes;
Qué se observa que el ancho de la calle no reúne las condiciones para doble estacionamiento;
Qué los móviles del hospital rural de nuestra localidad necesitan salir en un marco de seguridad para atender las emergencias y traslados de pacientes en general;
Qué se ve diariamente circulación de vehículos de carga pesada en la avenida (con un peso superior a 3.500 kg), generando un congestionamiento de tránsito en horario comercial;
Qué la velocidad en la que se transita se convierte es un problema a regular al igual que el giro en U de los conductores en lugares no permitidos de la avenida;
Qué se hace necesario mejorar los sistemas de señalización y de difusión, para crear conciencia y responsabilidad en los automovilistas;
Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo tomar como valioso los aportes de los vecinos, como así los acuerdos realizados;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Derogar en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 063/2012 HCD MEH.
Artículo Nº 2: Conservar la circulación vehicular en doble mano por la Avenida Islas Malvinas.
Artículo Nº 3: Prohíbase el estacionamiento sobre la margen izquierda (vereda norte) de la avenida Islas Malvinas, ingresando desde la Ruta Nacional 40 hasta la calle Amancay, en el horario de 07:00 a 13:00 hs todos los días hábiles. -
Artículo Nº 4: Permitir el estacionamiento de transportes escolares y de línea únicamente para ascenso y descenso de pasajeros en la margen que tiene como punto de referencia el hospital rural de la Localidad.
Artículo Nº 5: Prohibir la circulación y descarga de transporte de carga pesada (con un peso superior a 3.500 kg) desde las 07:00 hs a las14:00 hs. -
Artículo Nº 6: Mejorar la cartelería y señalizaciones con pintura, claros y visibles.
Artículo Nº 7: Dar a conocer por todos los medios de comunicación a toda la comunidad los términos de la presente Ordenanza. -
Artículo Nº 8: Encomendar al DEM a reubicar la garita existente en un sector que no obstaculice los accesos al hospital rural de El Hoyo. -
Artículo Nº 9: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes con el fin de contratar personal necesario de tránsito para hacer cumplir la legislación vigente. -
Articulo Nº 10: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 03 de octubre del año 2012.