lote para vivienda de la policía
VISTO:
La ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, La ordenanza Municipal Nº 049/2009 y La ordenanza municipal Nº 076/2010;
Y CONSIDERANDO:
Que la ordenanza Nº 049/2009 en su Artículo Nº 1 ratifica el cambio de destino de dos parcelas de la fracción de tierra cedida al municipio para viviendas NBI por el Sr. José Ángel Quilodran, mediante acta acuerdo de fecha 29 de Octubre del año 2007 el cual será destinado para la construcción de viviendas de policía.-
Que la Ordenanza Nº 076/10 establece la donación efectuada por el Sr. José Ángel Quilodran como las parcelas 1,2,3,4,5,6, y 7 de la chacra 29, sector 2, circunscripción 4;
Que las parcelas con destino a la construcción de viviendas para personal policial son la 4 y 5 de la chacra 29, sector 2, circunscripción 4 según plano de mensura 25400, P-384-09 del paraje El Pedregoso;
POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: RATIFICAR que el inmueble denominado como parcelas 4 y 5 de la chacra 29, sector 2, circunscripción 4 según plano de mensura 25400, P-384-09 del paraje El Pedregoso serán destinadas para la construcción de viviendas para personal de policía de la provincia de Chubut.
Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 31 de octubre del año 2012.